sábado, 29 de enero de 2011

historia de Mariel persona con discapacidad

NECESITO SU AYUDA...
Sr. Empresario/a: 
Mi nombre es Mariel, vivo en Buenos Aires Argentina, 
soy discapacitada motriz de nacimiento, debido a una negligencia médica y mala praxis mi vida se vio limitada a una silla de ruedas de por vida.
Hace años descubrí que mi discapacidad física y motriz no eran la consecuencia de un mal genético desde el vientre de mi madre sino el resultado de la irresponsabilidad con la que actuó el medico que asistió a mi madre en el momento del parto. Fue muy difícil para mí tener que enfrentar esa situación, pero Dios me dio la suficiente fortaleza para poder afrontarlo y seguir adelante, claro que mis afectos y amigos jugaron un papel muy importante, ya que siempre me sostuvieron y me apoyaron en todo.Después de luchar incansablemente con mi obra social durante cinco años, en Julio de 2007 logre obtener una silla de ruedas especial con motor a baterías acorde a mis necesidades y limitaciones físicas, esto le aporto a mi vida social una independencia total ya que no tengo que depender de otras personas para movilizarme o trasladarme de un lugar a otro, pero lamentablemente no causo el mismo efecto en mi vida cotidiana, ya que mi vivienda es pequeña y carece del espacio necesario para manejarme dentro de la misma con mi silla de ruedas. Este fue el motivo que me impulso a crear mi propio proyecto llamado “Nueva Construcción y Reforma de Vivienda”(en Agosto de 2007), el mismo consiste en modificar mi vivienda de tal modo que pueda ganar un espacio amplio y mas que suficiente para poder construir un baño para discapacitado con las medidas acordes para tener un acceso libre con mi silla de ruedas, un dormitorio con las mismas características, y un pequeño espacio extra donde pueda desarrollar mi propio emprendimiento de trabajo y poder llevar una vida totalmente independiente.
Presente dicho proyecto solicitando por medio de una ayuda social un subsidio para realizar las reformas y nueva construcción, pero finalmente y después de dos años de ilusiones, mi proyecto fue rechazado. 
Soy parte de una familia humilde de clase media y lamentablemente no contamos con los recursos económicos para poder llevar adelante mi proyecto por nuestros propios medios. Es por eso que como ultimo recurso decidí contar mi historia, con la esperanza de que algún importante empresario/a, que si cuente con las posibilidades y recursos económicos para hacerlo, pueda subsidiar mi proyecto y de ese modo ayudarme a cumplir mi sueño. Soy una persona sencilla que no aspira a grandes cosas, como lujos, autos o viajes, solo sueña con tener un espacio que le brinde las comodidades mínimas y básicas para llevar una vida digna y tener una mejor calidad de vida… 
Si siente que puede ayudarme y cuneta con los recursos económicos para hacerlo, le pido que se contacte conmigo a mi casilla de e-mail miproyecto2007@hotmail.com.ar
PARA COLABORAR Y AYUDARME A CUMPLIR MI SUEÑO PUEDE HACERLO DEPOSITANDO EN MI NRO.DE CUENTA:3392378/8 a nombre de Ponce Mariel DNI:23037580.
Banco Banex Supervielle S.A. Suc. Nº 160- Pte. Peron 2681,(1613)- Los Polvorines Malvinas Arg. Bs. As. Argentinas.t.(02657)4660-0493/0558. Total del presupuesto a realizar para proyecto de nueva construccion $134.331,86 pesos (presupuesto actualizado a septiembre de 2010).
CUALQUIER COLABORACION POR MAS PEQUEÑA QUE SEA PARA MI SERA DE MUCHISIMA AYUDA...
P/D: En caso de no contar con los recursos para poder ayudarme de todos modos puede hacerlo... ¿COMO?... enviando este e-mail a otra persona que conozca que tal vez si cuente con los recursos para poder ayudarme...
Desde ya muchísimas gracias por leer mi carta y escuchar mi historia... Mariel.

sábado, 22 de enero de 2011

Chubut - La discapacidad empieza a ser tenida en cuenta

Quizá no sea un dato casual que los proyectos que apuntan a la población con discapacidad comenzaran a tener peso en el temario legislativo durante el mismo año en que Comodoro Rivadavia se movilizó por una plaza integradora en el marco del concurso televisivo “Baila Argentina”.


En la temática, vale destacar también el trabajo de Miguel Onofri, periodista y motorizador de Compromiso Accesible, que este año que culminó visitó a los concejales en más de una oportunidad, y continúa haciéndolo con el objetivo de ir vertebrando los proyectos necesarios para que Comodoro Rivadavia sea una ciudad amigable, y por todas las cosas, accesible para todos.

Es así que mientras en 2008, primer año de la gestión, se contabilizó un solo proyecto destinado a la población con discapacidades -y ni siquiera fue generado por los ediles locales-, en 2010 sumaron cinco los proyectos de ese tenor.
En el primer caso señalado, se trató de un proyecto del Concejo Deliberante de Rada Tilly, que fue girado al de Comodoro Rivadavia dado que el objetivo era que la línea 10 de transporte interurbano incluyera una unidad “extrabaja” en su flota, lo que posibilita el ascenso de pasajeros que se movilizan en silla de ruedas.

Este último período, a su vez, dio luz y tratamiento a la solicitud de incorporar semáforos sonoros en la ciudad; la iniciativa marco para la instalación de juegos integradores en las plazas; implementar el sistema de señalización Braille en edificios públicos; la reserva de un lugar de estacionamiento para personas con discapacidad en cada una de las manzanas afectadas al sistema de estacionamiento medido, y la reserva de 10 metros lineales de estacionamiento para la céntrica Escuela 515, cuya vereda sobre calle San Martín es permanentemente ocupada por vehículos que impiden el ingreso al establecimiento de los chicos con movilidad reducida.

Fuente: Patagonico / HF NOTICIAS  

miércoles, 19 de enero de 2011

2do congreso del sur provincia de Santa fe discapacidad e integración

este congreso esta orientado a:
profesionales de la educación , profesionales de la salud, arquitectos, abogados, publico en general
2do Congreso del Sur de la Provincia de Santa Fe     Discapacidad e Integración   Casilda    Santa FeTerapia y Actividades Asistidas Con Animales, Arte, Deporte y Recreación como complemento para una mejor Calidad de Vida
Encuentro Argentino  “Grupo Latinoamericano de Equinoterapia”


Informes e Inscripción:  Srta. Lorena Zulli   Secretaría de Prensa y Difusión                         Como llegar
(03464)  428100 o (03464) 154 
41381 y/o 155 57758    Lunes a Viernes  09.30 a 12.30 hs.   
congreso@discapacidad.org.ar  



para mas informacion ingresar al sitio web http://www.discapacidad.org.ar/

Talleres de ASDRA para personas con discapacidad


Inscripción a los Talleres de Educación Inclusiva de la Asociación ASDRA
ASDRA abrió la inscripción para los Talleres de Educación Inclusiva que se harán los días 16 y 17 de febrero. Son actividades dirigidas a directores y maestros de los niveles inicial y primario de colegios de gestión pública y privada de la Ciudad de Buenos Aires y alrededores. Para más información llamar por teléfono al 4777-7333 o bien escribir a asdra@asdra.org.ar

viernes, 14 de enero de 2011

campaña de difusión contra la discriminación ASDRA


Excelente campaña felicitaciones ASDRA

decreto nacional 38/2004 viajes en transportes de media corta y larga distancia para personas con discapacidad


ecreto 38/2004

Establécese que el certificado de discapacidad previsto por la Ley N° 22.431 y su modificatoria será documento válido para acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transporte colectivo terrestre, sometidos a contralor de la autoridad nacional.



Bs. As., 9/1/2004

VISTO el Expediente N° 14.714/03 del registro de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, el Sistema de Protección Integral de las Personas con Discapacidad, instituido por la Ley N° 22.431 modificada por las Leyes N° 24.314 y 25.635, la Reglamentación aprobada por el Decreto N° 914/97 y su modificatorio N° 467/98, y

CONSIDERANDO:

Que es responsabilidad del Gobierno Nacional asumir las prioridades contenidas en el Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad, aprobado por la Asamblea de las Naciones Unidas, que enfatizan el derecho de esas personas a participar en igualdad de condiciones y con equiparación de oportunidades junto al resto de la población en pro del desarrollo social y económico del país.

Que la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) recepta el principio de igualdad entre los hombres, no como nivelación absoluta, sino como igualdad relativa, propiciada por una legislación tendiente a compensar las desigualdades naturales.

Que la primigenia redacción acordada a la Ley N° 22.431 en el Capítulo IV, dispuso que las empresas de transporte colectivo terrestre sometidas al contralor de autoridad nacional debían transportar gratuitamente a las personas discapacitadas en el trayecto que mediare entre el domicilio del discapacitado y el establecimiento educacional y/o de rehabilitación al que debían concurrir.

Que, posteriormente el artículo 1° de la Ley N° 25.635, al modificar el segundo párrafo del inciso a) del artículo 22 de la Ley N° 22.431, conforme la redacción dispuesta por la Ley N° 24.314, incorporó otras causales para obligar al transporte gratuito de las personas con discapacidad, desde el domicilio de las mismas, eliminando al propio tiempo las limitaciones contenidas en cuanto al destino al que pueden concurrir.

Que las razones que actualmente posibilitan el ejercicio de tal derecho, por conducto de la nueva normativa, comprenden necesidades familiares, asistenciales, educacionales, laborales o de cualquier índole que permitan su plena integración social.

Que el espíritu y la amplitud de criterio que ha guiado al legislador, en la sanción de la Ley N° 25.635, requiere que su instrumentación permita la obtención de un documento que facilite a las personas con discapacidad el ejercicio del derecho a viajar en condiciones de gratuidad.

Que, en tal sentido debe entenderse que constituye un documento válido y suficiente la portación y exhibición del Certificado de Discapacidad que se expida por la autoridad competente en discapacidad de cada jurisdicción, conforme las previsiones del artículo 3° de la Ley N° 22.431, según el texto del artículo 1° de la Ley N° 25.504.

Que a fin de no obstaculizar el libre ejercicio del derecho previsto en la norma, deben contemplarse también las situaciones que se presenten para la obtención del pase libre y gratuito hasta tanto se reglamente la modificación introducida por la Ley N° 25.504.

Que atento que resulta necesario aspirar a la plena integración en la vida social de las personas con discapacidad, es menester adoptar medidas concretas y eficaces para la obtención del resultado esperado.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 2, de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — El certificado de discapacidad previsto por la Ley N° 22.431 y su modificatoria, la Ley N° 25.504, será documento válido para acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transporte colectivo terrestre, sometidos a contralor de la autoridad nacional, de corta, media y larga distancia, según lo establece la Ley N° 25.635.

La sola presentación del certificado de discapacidad, emitido por autoridad competente en la materia, tanto nacional, provincial o municipal, en los términos de la Ley N° 22.431, o provincial pertinente, juntamente con el documento nacional de identidad o cédula de identidad o libreta de enrolamiento o cívica, o bien, el pase para franquiciados vigente, será documento válido a los efectos de gozar del derecho contemplado en la Ley N° 25.635. Una vez reglamentada la Ley N° 25.504, los documentos indicados tendrán validez, hasta tanto las jurisdicciones responsables de la emisión de los certificados se ajusten a la nueva reglamentación.

Para el uso gratuito de servicios de transporte de larga distancia, la persona con discapacidad o su representante legal deberá solicitar ante la boletería de la prestataria su pasaje y el de un acompañante en caso de necesidad documentada, indicando la fecha de ida y regreso, horario, origen, destino y causa del viaje.

La solicitud descripta en el párrafo anterior deberá ser formulada con un plazo de antelación mayor a CUARENTA Y OCHO (48) horas a la realización del servicio, estando obligada la transportista a entregar un comprobante de recibo de dicho pedido, indicando fecha y hora en que se lo formula. Deberá constar también la firma y aclaración del empleado interviniente. Para recibir el pasaje solicitado, el requirente deberá entregar el comprobante de recibo del pedido antes mencionado.

Los trámites para la obtención de la orden de pasaje y el pasaje respectivo, serán gratuitos.

Se consideran causas de integración social, aquellas que permitan a la persona con discapacidad compartir situaciones familiares o comunitarias en un lugar distinto al de su domicilio.

Al momento de formular el pedido, el usuario podrá solicitar que las plazas a utilizar, él y su acompañante, si correspondiere, sean las más próximas a la puerta de ingreso a la unidad.

Las personas ciegas podrán viajar en los vehículos de transporte público de pasajeros por automotor de corta, media y larga distancia, sometidas al contralor de autoridad nacional, acompañadas de UN (1) perro guía, previa autorización que extenderá la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

La inobservancia de las prescripciones establecidas en la presente reglamentación será sancionada de conformidad con el Régimen de Penalidades por Infracciones a las Disposiciones Legales y Reglamentarias en Materia de Transporte por Automotor de Jurisdicción Nacional, aprobado por el Decreto N° 253 del 3 de agosto de 1995 y su modificatorio N° 1395/98, o el que lo reemplace en el futuro.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Julio M. De Vido. — Alicia M. Kirchner.

fuente: www.redproteger.com.ar 

miércoles, 12 de enero de 2011

Universidades: UTN dara becas a discapacitados

e implementará desde 2011. La Tecnológica realizará la selección y seguimiento académico de los becarios, y Cilsa el aporte económico. Apuntan a mejorar las condiciones de accesibilidad y permanencia en el estudio para alumnos con capacidades especiales.


A partir del ciclo académico 2011, los estudiantes con discapacidad que sigan alguna de las carreras dictadas en la UTN Santa Fe, podrán acceder a una beca de estudios. La posibilidad surgió de un convenio marco de colaboración firmado días atrás entre esa facultad regional y la ONG Cilsa, con el objetivo de promover el acceso de personas con capacidades especiales a la educación superior.

La universidad tendrá a su cargo la selección de los aspirantes, su evaluación socioeconómica, situación académica y el correspondiente seguimiento de los alumnos becados. Por su parte, Cilsa abonará el monto de la beca al beneficiario. “La idea es trabajar conjuntamente con Cilsa para que los alumnos con capacidades especiales que ingresan a la facultad regional tengan más posibilidades de accesibilidad e integración”, dijo a El Litoral del decano de la UTN Santa Fe, Ing. Rudy Grether

fuente: HF NOTICIAS

viernes, 7 de enero de 2011

Búsqueda de personal contar con certificado de discapacidad ( COPIDIS)

Pedido de Médico/a:  
Se busca médico/a  con posibilidad de trasladarse de forma independiente en terrenos irregulares.  
Se requiere tener certificado de discapacidad actualizado y disponibilidad para realizar una jornada laboral los días lunes a viernes de  6.00 a 11.00 horas.  
Enviar CV por correo electrónico a copidis_registro@buenosaires.gob.ar 

martes, 4 de enero de 2011

Becas deportivas para personas con discapacidad en la provincia de Bs As

LOS CLUBES OTORGARÁN BECAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD en la Provincia de Buenos Aires
Categoria: Noticias

A través de un convenio entre el Gobierno de la provincia de Buenos Aires y la Asociación del Fútbol Argentino, los clubes afiliados a la entidad otorgarán becas a personas con discapacidad para que practiquen según lo necesiten, deportes y disciplinas.


Los interesados deberán anotarse en el Área de Discapacidad del Palacio Municipal del distrito al que pertenecen y pedir el beneficio. En este marco, la AFA se comprometió a promover entre sus clubes afiliados ubicados dentro del territorio provincial, la inclusión a personas con discapacidad y otorgar una beca para que puedan realizar actividades deportivas, sociales, culturales y de esparcimiento en forma gratuita.

“Cada municipio tiene que enviar un listado para que desde la Dirección de Discapacidad de la Provincia, lo elevemos a la AFA. Luego, cada club tendrá esa nómina con nombre y apellido para que le den el carnet gratis. Con este sistema queremos evitar que gente que no le corresponda, use el beneficio”, sostuvo Gladys Pestillo, la Directora de Discapacidad y Políticas Compensatorias.

fuente HF NOTICIAS