domingo, 20 de marzo de 2011

ENTRE RÍOS. Amplían la exención en el impuesto automotor a personas con discapacidad



El texto de la norma, que fuera aprobada el 1 de diciembre de 2010 y que consta de apenas dos artículos, modifica el artículo 268º, inciso i) del Código Fiscal que rige en la provincia, quedando ahora redactado así: “i) Los vehículos de propiedad de personas discapacitadas, sus padres, tutores y curadores, que se encuentren afectados al uso personal exclusivo de la persona con discapacidad. 

La exención corresponderá a un solo vehículo del discapacitado, sus padres, tutores o curadores hasta el valor de aforo establecido por la Ley Impositiva y se acordará previa acreditación de los requisitos que establezca la legislación específica. Igual exención corresponderá para el vehículo que adquieran las fundaciones con destino exclusivo para el transporte de personas con discapacidad”.

Hasta ahora esa exención era restrictiva. El andamiaje legal impositivo provincial planteaba de modo taxativo que los vehículos de propiedad de personas con discapacidad no abonasen el Impuesto Automotor siempre y cuando la discapacidad comprobable sea del 66% o más, y de carácter permanente. 
Pero esa excepción dejaba en claro que el uso debía ser “personal exclusivo”, y que “corresponderá a un solo vehículo de la persona con discapacidad hasta el valor de aforo establecido por la Ley Impositiva y se acordará previa acreditación de los requisitos que establezca la legislación específica”.

Ahora no es necesario certificar un nivel determinado de discapacidad, ni tampoco si la misma es permanente o transitoria. 

Fuente: El Diario de Paraná / HF NOTICIAS

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